El Consorcio AOC es un prestamista de servicios de confianza según el Reglamento (UE) núm. 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE (eIDAS ), y la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios de confianza.
Adicionalmente, tiene competencias en relación con la prestación de servicios de identidad digital y firma electrónica, de acuerdo con la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónico en el sector público de Cataluña y con sus Estatutos.
En virtud de la normativa indicada, cada dos años , el Servicio de Certificación Digital (SCD) realizará una auditoría del servicio para comprobar el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos establecidos para la emisión y gestión del certificado idCAT.
Derivado de lo anterior, las diferentes Entidades de Registro y Entes Suscriptores del servicio también deben someterse a estas auditorías, que permiten comprobar que se cumple la normativa propia del SCD (incluidas las condiciones específicas de prestación); también se comprueba que se aplican los procedimientos proporcionados por el consorcio.
Consulta el cuestionario de auditoría ER idCAT
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