Si nos encontramos con una persona con plena conciencia, pero con una incapacidad física que no le permite firmar, la primera opción sería utilizar la impronta dactilar. En caso de que no sea posible:

  • El operador de la Entidad de Registro actúa como testigo instrumental, firmando una diligencia con un texto en el que se haga constar la imposibilidad de firmar la solicitud por parte de la persona interesada.
  • El operador debe tener en cuenta:
    • Que el interesado/da entiende lo que se le está diciendo y que su voluntad es solicitar un certificado. Una vez comprobado que la persona tiene sus facultades intelectuales correctas, se le permite solicitar el certificado.
    • Respecto a la firma de la solicitud, si su discapacidad le impide hacerlo con la huella dactilar, será necesario que el operador del ER haga de testigo instrumental, incluyendo un texto en todas las páginas de la solicitud. licitud y resguardo donde conste que ha comprobado que la persona que ha solicitado el certificado manifiesta su voluntad de solicitar el certificado.