Este Portal de Apoyo es el de las Entidades de Registro idCAT (Organismos públicos que emiten el idCAT a los ciudadanos).
Si eres un ciudadano y necesitas apoyo con el idCAT Certificado o el idCAT Móvil, consulta:
¿Qué necesita el ciudadano para obtener el idCAT?
Para obtener el idCAT, según la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, y las condiciones de uso del servicio , sólo es necesario:
- Ser mayor de 18 años (se podrá solicitar a partir del día siguiente de haber cumplido los 18 años)
- Disponer alguno de los siguientes documentos de identificación en estado vigente (No caducado):
- DNI (de cualquiera de los países miembros del espacio Schengen ),
- Pasaporte
- NIE (debe tener fotografía, si no, es necesario aportar documento adicional)
- Disponer de una dirección de correo electrónico
NOTAS sobre los documentos de identificación:
- Para emitir el idCAT Certificado sólo se aceptan los documentos de identificación enumerados en el listado anterior.
- Las personas extranjeras pueden acreditar el número de NIE mediante la aportación de los siguientes documentos:
- TIE: además del NIE tiene una fotografía y, por tanto, sirve para emitir el idCAT con esta tarjeta. Tenga en cuenta que según la normativa aplicable se prorroga la vigencia de la tarjeta TIE hasta la resolución de la petición de prórroga, siempre que la renovación se haya solicitado hasta 90 días después de su caducidad y esté pendiente de emitir la correspondiente resolución (Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España).
- Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea: es necesario aportar otro documento oficial con una fotografía (por ejemplo, pasaporte o DNI del país de origen).
- Las administraciones tienen configuradas sus aplicaciones para permitir la tramitación electrónica con los certificados realizados con NIF y NIE; sin embargo, no es habitual que permitan el acceso con certificados expedidos a partir de un pasaporte o DNI de otros países. Los trámites que pueden realizarse con independencia del documento acreditativo que consta en el certificado son los que no tienen que ver con la administración pública, como por ejemplo, la firma de documentos.
Modelos de documentos de identificación:
El DNI acredita la identidad del titular, así como la nacionalidad española de éste. También se aceptan los documentos nacionales de identidad de cualquiera de los países miembros del acuerdo Schengen. En caso de DNI de otros países, será necesario aportar, además del original, una fotocopia. | |
La tarjeta de identidad de extranjero (TIE) es un documento físico que acredita la residencia legal de un extranjero en España. | |
Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión Europea Documento que acredita la inscripción de los ciudadanos y ciudadanas de la Unión en el Registro central de extranjeros. Este documento siempre deberá ir acompañado de un documento con fotografía, DNI o Pasaporte | |
Pasaporte documento de identificación personal con validez internacional, que identifica a su titular, expedido por las autoridades de un país. |
En caso de que un ciudadano aporte un documento acreditativo que tenga la fecha de nacimiento incompleta, es necesario escribir este dato en el campo “Fecha de nacimiento” tal y como aparece en el documento acreditativo. Existen algunos documentos (NIE's y DNI's de otros países) en los que la fecha de nacimiento aparece sin especificar día y mes de nacimiento, y sólo aparece el año. En estos casos, en lugar de los valores día y mes, aparecen “X” (XX/XX/1965).
Para poder emitir el certificado idCAT es necesario que el ciudadano haya cumplido 18 años. Por tanto, al no comprobarse el día y mes de nacimiento, a efectos de contar los 18 años, debe suponerse que la fecha de nacimiento fue el 01/01.
En caso de que una persona quiera validar el idCAT con un DNI sin letra (de los antiguos) se pedirá al ciudadano si tiene la tarjeta en la que el Ministerio del Interior informaba de la letra que correspondía a cada número. En este caso, se realizará la fotocopia y compulsa de esta tarjeta del Ministerio y se adjuntará al expediente del envío.
Si, por el contrario, el ciudadano no lleva la tarjeta con la letra del NIF, no podremos emitirle el certificado, ya que el documento que tiene es un DNI, y no un NIF (que tiene letra).
No es común, pero puede ocurrir que una persona extranjera no tenga apellidos, y sólo tenga el nombre en el documento acreditativo. En este caso, el sistema está preparado para poder emitir el idCAT, aunque da un aviso para evitar que se trate de un error, y no se emita el idCAT sin apellidos a una persona que los tiene en su documento acreditativo. Los casos en los que se puede emitir un idCAT sin apellidos es cuando el documento acreditativo es NIE, DNI de otros países o pasaporte, es decir, si el documento es NIF necesariamente debe haber indicado los dos apellidos de la persona.
La dirección del usuario no tiene por qué coincidir con la del documento acreditativo, el usuario puede poner la que desee.
Este dato no quedará incluido en el certificado, y la única finalidad de la recogida de esta información es estadística.